Reglamento
I. CONVOCATORIA
Art. 1. Las "XX JORNADAS NACIONALES DE LA EMPRESA AGROPECUARIA" serán organizadas conjuntamente por la Delegación Tandil del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires y la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires y se llevarán a cabo en Tandil los días 26 y 27 de octubre de 2023.
II. AUTORIDADES
Art. 2. Serán autoridades de las Jornadas:
la Comisión Organizadora: constituye la máxima autoridad del evento y será su Presidente, el Presidente del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires; su Vicepresidente Primero el Rector de la Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires y su Vicepresidente Segundo el Decano de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires.
el Comité Ejecutivo: tendrá a su cargo la organización de las Jornadas bajo la Presidencia y Vicepresidencia de quienes ostenten los respectivos cargos en la Delegación Tandil del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires, y las Secretarías: General, de Hacienda, de Prensa y Comunicaciones, de Relaciones Profesionales e Institucionales, de Actividades Sociales y de Enlace a cargo de representantes de la Delegación Tandil del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires y de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires.
III. PARTICIPANTES E INVITADOS
Art. 4. Los participantes a estas Jornadas estarán clasificados en:
Activos profesionales en ciencias económicas: todos aquellos profesionales en Ciencias Económicas que el Comité Ejecutivo considere en condiciones de participar en este acontecimiento y que hubieran cumplimentado el trámite de inscripción. Serán también considerados Participantes Activos los miembros de la Comisión Técnica.
Activos no profesionales en ciencias económicas: aquellos profesionales de otras disciplinas, no profesionales y alumnos que a juicio del Comité Ejecutivo estén en condiciones de participar de las mencionadas Jornadas y cumplan además con el respectivo trámite de inscripción.
Invitados Especiales: serán:
a) Las autoridades nacionales, provinciales, municipales y universitarias.
b) Los expositores designados por el Comité Organizador para disertar sobre los temas de las Jornadas.
c) Las personas que, a juicio del Comité Ejecutivo, sean de reconocido desempeño en la docencia, en la investigación, en las actividades profesionales o empresarias.
Asistentes: serán aquellos que, a criterio del Comité Ejecutivo, estén en condiciones de participar a las Jornadas a los fines de su información y cumplimenten la inscripción a que se refiere el artículo respectivo de este Reglamento.
IV. INSCRIPCIÓN
Art. 5. La inscripción de los participantes se llevará a cabo a través de la página web del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires hasta la fecha que disponga el Comité Ejecutivo.
Art. 6. El costo de inscripción para los participantes será fijada por el Comité Ejecutivo.
Art. 7. El Comité Ejecutivo tramitará ante las autoridades del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires y de la Caja de Seguridad Social para Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires el sistema de becas y de préstamos.
V. ÁREAS, TEMARIO, TRABAJOS Y COMUNICACIONES TÉCNICAS
Art. 8. Las Jornadas se abocarán al tratamiento de temas inherentes a la empresa agropecuaria que establezca el Comité Ejecutivo.
Art. 9. Los participantes activos definidos en el art. 4 a) y b) de este Reglamento podrán presentar:
Trabajos: contendrán una introducción, un desarrollo fundamentado y las conclusiones y propuestas para su aplicación que constituyan aportes prácticos a la profesión.
Comunicaciones técnicas: contendrán informaciones y análisis acerca de un tema sin tomar posición ni formular ponencia a su respecto, que resulte de utilidad para que los participantes puedan realizar una acción o tomar una decisión basada en ésta.
Ambas presentaciones deberán ser escritas, inéditas, referidas al temario de las Jornadas y con orientación a su aplicación profesional.
Todos los Trabajos y Comunicaciones técnicas deberán tener al menos uno de sus autores encuadrado en el inc. a) del art. 4.
Art. 10. Los Trabajos deberán reunir los siguientes requisitos:
Adaptarse a las normas de presentación dispuestas en el Anexo del presente reglamento.
Su extensión no podrá exceder las treinta páginas y deberá acompañarse:
un Resumen de no más de dos páginas;
un CV resumido donde conste la formación y experiencia profesional en no más de 200 palabras.
Enviar, vía correo electrónico, los siguientes archivos con formato PDF:
1 – Archivo conteniendo el Trabajo;
2 – Archivo conteniendo el Resumen;
3 – Archivo conteniendo el CV.
Art. 11. Las Comunicaciones técnicas deberán reunir los siguientes requisitos:
Adaptarse a las normas de presentación dispuestas en el Anexo del presente reglamento.
Su extensión no podrá exceder las quince páginas.
Acompañar un CV resumido donde conste la formación y experiencia profesional en no más de 200 palabras.
Enviar, vía correo electrónico, los siguientes archivos con formato PDF:
1 – Archivo conteniendo la Comunicación técnica;
2 – Archivo conteniendo el CV.
Art. 12. Los interesados en presentar Trabajos de acuerdo con lo establecido en el artículo anterior deberán manifestar su intención hasta el 18 de agosto de 2023, mediante el envío del título y el tema en que se encuadra.
Art. 13. Los Trabajos completos y las Comunicaciones técnicas podrán presentarse hasta el día 8 de setiembre de 2023.
Art. 14. Las intenciones de Trabajos, los Trabajos y las Comunicaciones técnicas deberán ser enviados por correo electrónico a la dirección dlgtandil@cpba.com.ar
Art. 15. El Comité Ejecutivo designará una Comisión Técnica que tendrá a su cargo la evaluación de los Trabajos y Comunicaciones técnicas presentados, designando además un Coordinador. El o los Moderadores integran también la Comisión Técnica.
El Comité Ejecutivo remitirá los Trabajos y Comunicaciones técnicas recibidos -previo análisis de cumplimiento de los requisitos formales- al Coordinador, preservando el anonimato de los autores, para que éste los distribuya entre al menos dos de sus miembros.
Los miembros de la Comisión Técnica emitirán su dictamen que remitirán al Coordinador, indicando:
I. Para los Trabajos, si se encuentra:
aceptado para su publicación y exposición;
aceptado para su publicación;
observado con sugerencias para ser corregido por única vez y vuelto a presentar. En este caso el autor o autores tendrán un plazo máximo de 10 días corridos desde su notificación para volver a presentar el trabajo que será remitido nuevamente a la Comisión Técnica para su revisión y dictamen definitivo;
rechazado.
II. Para Comunicaciones técnicas, si se encuentra:
aceptada para su publicación;
observada con sugerencias para ser corregido por única vez y vuelta a presentar. En este caso el autor o autores tendrán un plazo máximo de 10 días corridos desde su notificación para volver a presentar la comunicación que será remitida nuevamente a la Comisión Técnica para su revisión y dictamen definitivo;
rechazada.
La recomendación de la Comisión Técnica se basará en la opinión mayoritaria de los miembros evaluadores. El Comité Ejecutivo tomará la resolución definitiva sobre la publicación, exposición o rechazo de los Trabajos y Comunicaciones técnicas presentados, que será inapelable.
Art. 16. Cada Trabajo presentado y aprobado tendrá derecho a una beca que consiste en ser considerado Participante Activo sin abonar la inscripción.
Cada Comunicación técnica presentada y aprobada tendrá derecho a media beca que consiste en ser considerado Participante Activo abonando el 50% de la inscripción.
En caso de coautoría se deberá indicar quién será el beneficiario.
VI. FUNCIONAMIENTO
Art. 17. Las Jornadas se desarrollarán mediadas por tecnología y constará de sesiones plenarias:
de apertura;
de desarrollo;
de clausura.
Las indicadas en los incisos a) y c) serán presididas por las autoridades indicadas en el art. 2. En la sesión de clausura los Relatores leerán, de existir, las conclusiones producidas, las que no serán sometidas a discusión ni a votación.
Art. 18. La organización del desarrollo del temario será establecida por el Comité Ejecutivo. Las autoridades de las sesiones plenarias de desarrollo serán el o los Moderadores y el o los Relatores designados por el Comité Ejecutivo quien podrá disponer la unificación de ambas funciones en la figura del Moderador.
También podrá disponer que uno o más panelistas expongan sobre temas específicos.
Art. 19. Serán funciones de las autoridades mencionadas en el artículo anterior:
Moderador: Declarar abiertas las sesiones; asignar el uso de la palabra a los expositores y demás participantes; estimular la intervención del mayor número de asistentes; agilizar la participación de los miembros en las reuniones, pudiendo limitar el uso de la palabra por exigencias de tiempo.
Relator: Colaborar con el Moderador, resumir -en el curso de las sesiones- las opiniones vertidas y las exposiciones de los autores de los Trabajos presentados; podrá leer -en caso de ausencia de su autor- el resumen del Trabajo; de corresponder, leer en la Sesión Plenaria de Clausura las conclusiones a las que se arriben.
Art. 20. En ningún caso los Trabajos o las exposiciones de los disertantes serán sometidos a la aprobación o rechazo de los asistentes por medio de votaciones.
Art. 21. El Comité Ejecutivo considerará la conveniencia de realizar conferencias o mesas redondas de participantes e invitados especiales, las que serán incluidas en el programa respectivo.
Art. 22. El Comité Ejecutivo podrá disponer la redacción de conclusiones con base en los Trabajos presentados, las conferencias y los debates generados.
VII. DISPOSICIONES GENERALES
Art. 23. Finalizadas las Jornadas se entregarán Certificados de Asistencia a cada uno de los participantes, autores de Trabajos y Comunicaciones técnicas aceptados y autoridades. Asimismo se otorgarán los créditos establecidos por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas según el Sistema Federal de Actualización Profesional (S.F.A.P.).
Art. 24. El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires tendrá prioridad excluyente con respecto a todo otro medio para publicar los Trabajos y Comunicaciones técnicas aceptados, durante un plazo de un año a partir de la finalización de las Jornadas. Los autores por el sólo hecho de la presentación ceden al organizador sus derechos de autor, siempre que la publicación se efectúe en el término citado anteriormente. Transcurrido dicho lapso, los autores podrán proceder a su publicación libremente aunque deberán mencionar que los mismos han sido presentados en estas Jornadas.
Art. 25. La Comisión Organizadora resolverá cualquier circunstancia no prevista por el presente reglamento o sobre su interpretación, siendo su decisión inapelable.
Diseño para la presentación del Trabajo o la Comunicación técnica:
Carátula: Nombre de las Jornadas, tema en el que se encuadra, título, apellido y nombre del autor o autores y lugar y fecha de realización (según modelo).
Página Nº 1: Título e índice SIN LA IDENTIFICACIÓN DE AUTOR O AUTORES.
Página Nº 2: Título y Resumen (máximo dos páginas) SIN LA IDENTIFICACIÓN DE AUTOR O AUTORES.
Páginas siguientes: (numeradas correlativamente). Texto del Trabajo o Comunicación técnica, sin encabezado ni pie de página, salvo la numeración en el ángulo inferior derecho en Times New Roman tamaño 12.
Última página: Bibliografía
Configuración:
Márgenes:
Superior e inferior: 2,5 cm
Izquierdo: 3,5 cm
Derecho: 2 cm
Orientación: Vertical
Alineación vertical: centrada para la carátula; superior para las restantes páginas (ver: Configuración página - Diseño).
Alineación horizontal: justificada
Tamaño de papel: IRAM A4 (29,7 cm x 21,0 cm)
Fuente: Carátula: Arial tamaño 12. Demás páginas: Arial tamaño 11
Interlineado: Sencillo
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